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Si tu empresa ha anunciado un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) o un despido colectivo, es completamente normal que sientas incertidumbre o preocupación por tu futuro laboral. En mi día a día como abogada laboralista en Asturias, me encuentro a menudo con trabajadores que se sienten indefensos ante estos procesos. Sin embargo, debes saber algo muy importante desde el primer momento: la empresa no puede despedirte de cualquier manera.
En este artículo quiero explicarte de forma clara, directa y sin tecnicismos innecesarios cuáles son tus derechos, qué requisitos debe cumplir la empresa y cómo puedo ayudarte a defender tu puesto de trabajo o tu indemnización.
¿Qué es un ERE y cuándo estamos ante un despido colectivo real?
Para que una empresa pueda tramitar un ERE y extinguir contratos de forma masiva, la ley le exige cumplir estrictamente con dos requisitos:
Causas justificadas
Deben concurrir causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, o de fuerza mayor en su caso. No basta con que la dirección diga que atraviesa dificultades; mi trabajo aquí consiste en revisar con lupa que documenten la causa de manera real.
Superación de los umbrales numéricos
Los despidos deben afectar a un número mínimo de trabajadores en un período de 90 días, según el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
El periodo de consultas: no permitas que sea un trámite vacío
Antes de tomar cualquier decisión definitiva, la empresa está obligada a abrir un periodo de consultas con la representación legal de los trabajadores. En mis años de ejercicio, velo por que este periodo cumpla dos máximas:
- Debe ser real y de buena fe: la dirección debe tener una voluntad auténtica de negociar, orientada a evitar o reducir los despidos y a mitigar sus efectos.
- Con información suficiente: tienen la obligación de entregar una memoria explicativa, documentación contable, fiscal, técnica y los criterios de selección.
Si detecto que ha existido una negociación de mala fe o una insuficiencia documental relevante, tenemos una base sólida para fundamentar la nulidad de la decisión extintiva colectiva.
¿Cómo elige la empresa a quién despedir? Criterios de selección
Esta es una de las mayores preocupaciones de mis clientes. La empresa no puede seleccionar libremente a cualquier trabajador de forma arbitraria o discriminatoria, sino que debe aplicar criterios objetivos y razonables.
Además, existen prioridades de permanencia y colectivos especialmente protegidos que defiendo de forma prioritaria:
- Representantes legales de los trabajadores: tienen prioridad de permanencia por mandato legal.
- Protección prevista en convenio colectivo o acuerdo: puede beneficiar, entre otros, a personas con cargas familiares, determinada edad o discapacidad.
- Protección legal reforzada: casos de embarazo, reducción de jornada por guarda legal o ejercicio de derechos fundamentales.
Conviene destacar también que, conforme al nuevo marco legal, la extinción del contrato por declaración de incapacidad permanente ya no puede producirse de forma automática. La empresa debe agotar las posibilidades de realizar ajustes razonables o de recolocar al trabajador, especialmente cuando exista una discapacidad sobrevenida o limitaciones funcionales.
Tus derechos individuales: el ERE es colectivo, pero tu caso es único
Aunque se trate de un procedimiento colectivo, cada trabajador conserva su derecho a impugnar el despido de forma individual. Cuando analizo un caso en mi despacho, estudio minuciosamente dos aspectos:
- El plano colectivo: para detectar posibles nulidades o irregularidades en el procedimiento seguido por la empresa.
- El plano individual: para revisar posibles defectos formales en la carta de despido, la falta de puesta a disposición de la indemnización, el incumplimiento de las prioridades de permanencia o cualquier indicio de discriminación.
Mis recomendaciones prácticas si te ves afectado por un ERE
Si te encuentras en mitad de este proceso, te aconsejo que sigas estas pautas:
- Mantén la calma y no firmes nada sin revisión: si te ves obligado a firmar la recepción de algún documento, hazlo siempre indicando "No conforme" junto a tu firma y la fecha.
- Guarda toda la información: conserva correos, cartas, listados, actas o comunicaciones internas. Todo puede ser una prueba importante.
- No te centres solo en la indemnización: muchos trabajadores creen que el único problema es "cuánto me pagan". Antes de eso, analizo si tu inclusión en la lista está justificada o si la empresa negoció de buena fe.
- Controla los plazos de forma estricta: los plazos de impugnación del despido individual son muy breves: 20 días hábiles. En cuanto recibas la carta individual, es fundamental consultar de inmediato con profesionales especializados.
¿Cómo puedo ayudarte a defender tus derechos?
Mi rol como abogada especialista en despidos colectivos consiste en acompañarte y protegerte, ya sea actuando desde el inicio, asesorando a la comisión negociadora y formulando propuestas alternativas, o defendiendo tu caso de forma individual tras la notificación.
Revisaré al detalle la causa del ERE, la regularidad del procedimiento, el cálculo de tu indemnización —salario regulador, antigüedad exacta y variables— y si perteneces a un colectivo protegido.
Si tu empresa ha iniciado un procedimiento de despido colectivo o ya has recibido tu carta, no afrontes esta situación a ciegas. Te invito a que te pongas en contacto conmigo a través de mi web Aurora del Río Abogada o vengas a mi despacho en Avilés. Analizaremos tu situación al detalle para asegurar que se respete tu prioridad de permanencia y tus derechos fundamentales.